El Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Industria, Comercio, Servicios y Turismo de Santa Cruz (CCAC) es una entidad sin fines de lucro, imparcial, que promueve métodos de solución de conflictos y brinda servicios de arbitraje y conciliación.
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¿Por qué optar por esta alternativa?
Porque la conciliación y el arbitraje es un servicio de administración de justicia imparcial, de rápida tramitación, con altos criterios de especialización, e idoneidad tanto del personal administrativo como de los árbitros y conciliadores; además económico, fuera de asegurar la confidencialidad y privacidad en la administración de los casos. En tiempo un proceso de arbitraje dura 180 días y el de conciliación unos 30.
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¿Quiénes conforman este centro?
El CCAC es un órgano técnico independiente al interior de la Cainco. Está compuesto por una dirección ejecutiva de quien dependen las ejecutivas y tiene dos niveles consultivos; el consejo técnico para la interpretación del reglamento de procedimiento arbitral, incorporación de nuevos árbitros y directrices y el comité de ética. Asimismo se tiene una nómina de árbitros y de conciliadores.
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¿Cómo se los elige?
Para ser incorporado como árbitro, se debe seguir un proceso de postulación en el cual se evalúan objetivamente la trayectoria profesional y experiencia específica laboral y académica del postulante. Las partes son las que designan a los árbitros en función de los criterios de especialidad. Los árbitros son independientes a las partes y no representan sus intereses. Son elegidos por las partes en reconocimiento a su idoneidad y trayectoria profesional.
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¿Quiénes pueden tener acceso a este servicio?
Es un servicio a la comunidad en general, desde personas individuales, pasando por pequeñas, medianas y grandes empresas.
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¿Cuánto cuesta?
Los honorarios son cancelados directamente a los árbitros por las partes y están en función al monto en controversia. El centro tiene una calculadora automatizada que de forma transparente señala el monto a pagar y la distribución de los fondos. Cada parte debe pagar el 50% del monto total de los honorarios. El centro en sí cobra por gastos administrativos.
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¿Cuáles son los beneficios de recurrir al centro?
Experiencia, idoneidad, especialización, agilidad. El CCAC cuenta con 20 años de experiencia, ha introducido el arbitraje y conciliación en Santa Cruz y es el que administra más causas en el país. Cuenta en su nómina de árbitros con los abogados y profesionales de mayor prestigio del país.
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¿Cuál es el peso legal de estos centros?
El arbitraje y la conciliación están legamente reconocidos en el país. Un arbitraje concluye con la notificación de un laudo arbitral, que es el fallo final, y éste tiene la misma calidad que una sentencia judicial.
Lo mismo ocurre con un acta de conciliación, que se equipara a una sentencia judicial.
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¿Lo que dicta el centro es de cumplimento obligatorio?
Tanto el laudo arbitral en el caso de los arbitrajes como el acta de conciliación en el caso de las conciliaciones son de cumplimiento obligatorio.
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¿Qué diferencia hay entre conciliación y arbitraje?
Ambos son métodos alternativos de resolución de conflictos. El arbitraje se diferencia de la conciliación, en que el tercero imparcial es un tribunal arbitral que asigna derechos, es decir, decide quién tiene la razón en base a las pretensiones jurídicas presentadas (demanda y/o reconvención) y a las pruebas aportadas por las partes. En la conciliación el tercero imparcial es un conciliador que no asigna derechos, lo que hace es crear espacios de diálogo y dirige a que las partes se centren en encontrar soluciones, puede proponer escenarios o alternativas de solución
ESCENARIO NACIONAL
5
Centros
Son los centros de Conciliación y Arbitraje activos a escala nacional
20
Años
Es la experiencia del Centro de Conciliación y Arbitraje de Cainco.
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